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El Pueblo de Colombia
En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la siguiente:

Constitución Política de Colombia:
Promulgada por los delegatarios del pueblo de Colombia el 5 de Julio de 1991.

Nombre Oficial:
República de Colombia

Forma De Estado:
El estado colombiano esta constituido como una república unitaria descentralizada, de carácter democrático en la cual las tres ramas del poder público (la legislativa, la ejecutiva y la judicial) son independientes y autónomas unas de otras para cumplir sus funciones constitucionales.

División Administrativa:
Colombia esta dividido en 32 departamentos, cada uno con autonomía para la gestión de sus intereses. Tanto Santafé de Bogotá Distrito Capital como los municipios en los cuales se dividen los departamentos, tienen también autonomía para la gestión de sus intereses de acuerdo a lo consagrado en la Constitución Política.

 

 

LA RAMA LEGISLATIVA:


Tiene como funciones principales hacer las leyes y ejercer el control político sobre el gobierno y la administración. Funciona con sistema bicameral y está integrada por el Senado y la Cámara de Representantes.

Senado:
Está integrado por 102 senadores elegidos así: 100 por circunscripción nacional y 2 en representación de las comunidades indígenas en circunscripción nacional especial. (C.P. de C., Art. 171).

Cámara de Representantes:
Los Representantes a la Cámara se eligen por circunscripciones territoriales y circunscripciones especiales. Cada departamento (circunscripción territorial) tiene 2 representantes y podrá tener uno más por cada 250,000 habitantes o fracción mayor de 125,000 que tengan de exceso sobre los primeros 250,000. La circunscripción especial cuenta con 5 representantes que representan a las minorías étnicas y políticas y a los colombianos residentes en el exterior.(C.P, de C. Art. 176).

Cada cuatro años en el mes de marzo se renueva todo el congreso por medio de elecciones generales en las cuales pueden votar los mayores de 18 años que así lo deseen.

 

LA RAMA EJECUTIVA:

Tiene como principal función la administración de lo público dentro del marco legal vigente (administrar y ejecutar entre otros). El Presidente de la República es, a su vez, jefe de Estado, jefe de Gobierno y máxima autoridad administrativa.

El Gobierno nacional está conformado por el Presidente de la República, los Ministros del Despacho, los Directores de los Departamentos Administrativos y los Superintendentes.

Los Gobernadores y los Alcaldes son parte de la rama ejecutiva y son máxima autoridad administrativa en sus respectivas jurisdicciones (Departamentos y Municipios), y son elegidos por el voto popular para periodos de 3 años.

El Presidente de la República y el Vicepresidente son elegidos para un periodo de 4 años. La principal función del Vicepresidente es reemplazar al Presidente en ausencia de éste. Para ser elegido Presidente se requiere obtener más del 50% de los sufragios válidos en la elección que generalmente se realiza en el mes de mayo; en el caso de que alguno de los candidatos no obtenga esa votación en esa oportunidad, se requerirá de una segunda vuelta electoral que se realiza en junio del mismo año, en la cual participan los dos candidatos con las mayores votaciones (C.P.de C., Arts. 115, 188, 202).

 

LA RAMA JUDICIAL:

Tiene como función principal administrar justicia de acuerdo a la legislación vigente. Existen 4 máximos órganos judiciales con autonomía e independencia y con igual importancia que actúan según el asunto que se trate como máximo tribunal judicial. Estos son la Corte Constitucional (que vigila el cumplimiento de la Constitución), la Corte Suprema de Justicia (máximo tribunal de la justicia ordinaria), el Consejo de Estado (máximo órgano de la justicia contenciosa administrativa) , el Consejo Superior de la Judicatura (máximo tribunal de la carrera judicial).

Además de las cortes también hacen parte de la rama judicial la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces.

El congreso ejerce funciones judiciales de forma excepcional para juzgar al Presidente de la República, magistrados de las cortes, al Fiscal General de la Nación y autoridades administrativas. (C,P.de C., Art. 116)

Aparte de las ramas del poder público existen otros órganos de control autónomos e independientes cuyas funciones colaboran en que el estado funcione democráticamente; estos son el Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación), la Contraloría General de la República, el Consejo Nacional Electoral (C.P. de C., Arts 113, 117, 120) y Registraduría Nacional del Estado Civil.


 

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